Que hace falta para evitar una lesion de tobillo

Un esguince es una lesión que afecta directamente a nuestro aparato locomotor evitando que podamos desplazarno o que realicemos cualquier ejercicio.

Esguinces, torceduras o desgarros ligamentosos pueden hacernos estar una temporadita apartado de nuestra disciplina favorita deportiva.

Para evitarlo en la medida de nuestras posibilidades podemos tener en cuenta estas tres recomendaciones:
  • Movilizar. Es importante hacer un buen calentamiento de forma progresiva y suave antes de comenzar a practicar cualquier deporte. Podemos hacer círculos en el aire, apoyar la punta en el suelo, etc...
  • Fortalecer. Mediante ejercicios en el gimnasio diseñados para este fin o en casa con ejercicios caseros.
  • Propiocepción. La propiocepción es el sentido que informa al organismo de la posición de los músculos. Sin este sentido seriamos incapaces de movernos por la noche o de percibir la posición de nuestras extremidades.
    Podemos poner el pie sobre superficies inestables para mejorar la estabilidad de la pisada.

Que hace falta antes de viajar al extranjero

Consejos para viajar al extranjero

Asegúrese de que sus documentos estén en regla, sobre todo el pasaporte y la visa en aquellos países donde sea necesario.

Este al corriente de los avisos en materia de salud (vacunaciones, prevenciones, etc) de los países a los que quiera viajar. Ponte en contacto con tu medico y hazle saber de tus intenciones para que te aconseje de la mejor manera posible.

Respete y enterese cuales son las leyes y costumbres de los países a donde viaje.Haga dos copias de su pasaporte. Una dejela en poder de sus amigos o familiares y otra llevela consigo para facilitar su identificación en caso de perdida o robo y puedan hacersela llegar.

Mantenga informado a sus familiares del trayecto que va a realizar y su lugar de estancia para que se puedan poner en contacto con usted en caso de extrema necesidad.

Mantenga en todo momento el alcance visual con su equipaje. Nunca acepte paquetes para trasladarlos de un sitio a otro por parte de desconocidos.

Antes de viajar, anote los teléfonos que crea pueda necesitar en el pais donde piense viajar (policía, embajadas, consulados, emergencias, etc)Intente pasar desapercibido y no haga ostentación de lujo o ropa inadecuada que pueda causar problemas en algunos países.

En caso de problemas, pongase urgentemente en contacto con su embajada o consulado.Informate de la moneda utilizada en el país y familiarizate con ella.

Identifica tu equipaje, tanto exterior como interiormente. En caso de perdida y siendo necesaria su apertura se encontraran con tus datos personales facilmente para que seas localizado.

No dejes para ultima hora la reserva de tu viaje, sobre todo si tienes claro tu destino. en caso contrario siempre puedes consultar las mejores ofertas de vuelo y hoteles en unos días previos al viaje.

Cierre las llaves de paso de agua y luz de su domicilio y desconecte electricamente aquellos aparatos que no sean necesarios tener en funcionamiento.

Luistado de embajadas y consulados
Guia mas completa para emprender cualquier viaje

Que hace falta para sacar el pasaporte

El pasaporte es individual.

Se puede pedir cita previa en el teléfono 902.247.364 o por internet en https://www.citapreviadnie.es/

Validez

  • 5 años si el titular tiene menos de 30 años
  • 10 años si es mayor de 30 años.
  • Menores de 5 años sera de 2 años
  • Menores de catorce años validez máxima hasta que alcance dicha edad sin que en ningún caso supere los cinco años de validez.

Documentación:

Mayores de 14 años

  • Documento Nacional de Identidad en vigor
  • Una fotografía reciente del rostro del solicitante tamaño carné, en color y con fondo claro, liso y uniforme, tomada de frente, y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que impida la identificación de la persona.
  • En caso de sustitución, pasaporte anterior si esta en vigor y si se ha extraviado presentar denuncia por este hecho.

Menores de 14 años

  • Si tiene DNI los mismos documento que si fuera mayor
  • Si no esta en posesión del DNI, certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil y el documento nacional de identidad de la persona que ejerza la patria potestad o tutela
  • Cuando por la urgencia no se pueda presentar el certificado de nacimiento, se podrá expedir un pasaporte tipo B con validez de entre 3 y 6 meses siempre que junto con el DNI de la persona que ejerza la patria potestad o tutela se presente el libro de familia o revolución judicial de atribución de la tutela así como el justificante de haber solicitado el certificado de nacimiento.
  • Si la persona que ejerza la patria potestad es extranjera, aparte del certificado de nacimiento, deberá aportar el número de identificación de extranjeros o cualquier otro documento identificativo expedido por autoridad oficial.

Menores de edad y personas incapacitadas

  • Consentimiento ante el funcionario del órgano competente para la expedición del pasaporte o ante fedatario público, en cuyo caso, deberá acompañarse a la solicitud, copia auténtica del documento del que resulte el citado consentimiento expreso de quien ejerza la patria potestad o tutela con la indicación de que su ejercicio no se encuentra limitado para prestarlo.
  • El menor ha de ir siempre acompañado de la persona que ejerza la patria potestad o la tutela. Esta persona ha de acreditar tanto su identidad como la relación de parentesco o asignación de la tutela con la presentación de la partida literal de nacimiento, libro de familia, resolución judicial o administrativa que atribuya dicha condición o cualquier otro documento público que garantice la cualidad de tutor o titular de la patria potestad.

Pasaporte colectivo

  • Se expide con motivo de peregrinaciones, excursiones y demás actos de análoga naturaleza, siempre que exista reciprocidad con el país de destino; su validez queda limitada a un solo viaje, cuya duración no podrá exceder de tres meses.
  • Pueden utilizarlo los menores de 21 años para viajar a:Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Malta, Noruega, Portugal, Reino Unido (incluido Gibraltar), Suecia y Suiza.

Fuente de datos: DGP

Que hace falta para casarse por el Juzgado

Para casarse por el Juzgado o por lo Civil son necesarios los siguientes requisitos:

  • Recoger en el Juzgado de Familia o el de Primera Instancia un formulario para rellenar
  • Partida de nacimiento expedida por el registro civil del lugar de nacimiento
  • Certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento de la localidad donde se resida
  • Declaración jurada del estado civil de los contrayentes
  • Fotocopias de los D.N.I, pasaportes o tarjetas de residencia de los contrayentes

Viudo/a
  • Certificado literal del matrimonio anterior que expide el registro
  • Certificado literal de defunción del cónyuge anterior

Divorciado/a
  • Certificado literal del matrimonio anterior con anotación marginal de divorcio. Si esta no hubiera sido practicada sera necesario un testimonio de la Sentencia con declaración de firmeza, que expedira el Juzgado en el que se tramito el mismo.

Extranjero
  • Cuando se reside en el extranjero sera necesario pedir del consulado del país donde resida declaración de soltería y de nacionalidad española.
  • En el caso de que ambos contrayentes sean extranjeros, podrán celebrar el matrimonio según la legislación española o cumpliendo lo que establezcan la ley personal de cualquiera de ellos.

Cuando se reuna la documentación, habrá que presentarse en el Registro Civil de la residencia en compañía de un testigo mayor de edad y que no sea familiar.

Con todo se inicia el expediente y se cita los contrayentes (entre 30 y 50 días) para recoger el auto favorable o no a la celebración.


Que hace falta para renovar el DNI

El DNI es emitido por el Cuerpo Nacional de Policía y es el documento que acredita la identidad, datos personales y nacionalidad española del titular.

Tramites previos para sacar el DNI
Si lo solicitas por primera vez
  • Una fotografía:en color, tamaño 32 x 26 mm. con fondo claro, tomadas de frente, sin gafas de cristales oscuros o cualquier medio que dificulte su identificación.
  • Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil ubicado por lo general en los juzgados. Gratuita
  • Certificado de empadronamiento que podrás solicitar en el ayuntamiento donde estés empadronado. Recuerda que tiene una caducidad de tres meses.
  • Los españoles residentes en el extranjero acreditarán el domicilio mediante certificación de la Representación Diplomática o Consular donde estén inscritos como residentes.
  • Cuando el solicitante sea menor de 14 años o incapacitado, se hará entrega del documento en presencia de la persona que tenga encomendada la potestad o la tutela, o persona apoderada por estas últimas.
  • Si es menor de edad pero mayor de 14 años, deberá recogerlo personalmente.
  • En el momento de la solicitud, al interesado se le recogerán las impresiones de las huellas dactilares de los dedos índices de ambas manos.
  • Presentarse físicamente el interesado en comisaria
  • Una fotografía:en color, tamaño 32 x 26 mm. con fondo claro, tomadas de frente, sin gafas de cristales oscuros o cualquier medio que dificulte su identificación
  • DNI anterior
  • En caso de cambio de domicilio, certificado de empadronamiento, expedido por el ayuntamiento donde resida.
  • En caso de variación de datos de filiación, Certificado del Registro Civil
  • Presentarse físicamente el interesado en comisaria
Ampliación de información

En algunas localidades donde no existe comisaria del Cuerpo Nacional de Policía se suele trasladar un Equipo móvil que se suele instalar en el ayuntamiento o bien en un local asignado por el mismo.

Pagina oficial de la DGP

Preguntas frecuentes sobre la renovación del DNI


Que hace falta para sacar el permiso de armas un menor de edad

Según la Intervención de armas de la Guardia Civil:

Para menores con edad comprendida entre los 14 y 18 años y hasta la mayoría de edad, el Director General de la Guardia Civil podrá conceder autorización para usar armas con los siguientes requisitos:

Solo puede utilizar no poseer armas de las categorías 2ª.2 o 3ª (Armas de fuego largas rayadas: comprenden aquellas armas utilizables para caza mayor, armas de fuego largas rayadas para tiro deportivo, de calibre 5,6 milímetros, escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa y armas accionadas por aire u otro gas comprimido, sean lisas o rayadas) siempre que vaya acompañado por una persona poseedora de licencia D,E o F o lo que es lo mismo caza mayor, caza menor o tiro deportivo que se haya comprometido o vigilarlo durante el transcurso del deporte.

Documentacion necesaria a presentar en la ventanilla de la intervencion de armas de la Guardia Civil: Documentacion necesaria

Fuente: Guardia Civil


Que hace falta para cobrar el paro

Cobrar el paro significa acceder a una prestación económica por parte del Estado con la finalidad de proteger a aquellos trabajadores que hayan perdido su puesto de trabajo por causas ajenas a su voluntad bien sea por despido o por finalización de contrato.

En España los requisitos para cobrar el paro son:
  • Estar afiliado y de alta en la seguridad social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
  • Encontrarse en situación legal de desempleo y aceptar la total disponibilidad para buscar trabajo activamente y aceptar en caso de colocación adecuada
  • Haber cotizado en la Seguridad Social, al menos durante un periodo de doce meses sin necesidad de que sea continuado.
  • No tener la edad de jubilación
La documentación que debes de presentar es:
  • Impreso de socilitud de desempleo relleno con los datos solicitados.
  • Impreso de domiciliación bancaria en el que debemos indicar la entidad y el número de cuenta donde queremos que nos ingresen la prestación a cobrar. Este impreso una vez cumplimentado hay que llevarlo a nuestro banco para confirme que los datos de la domiciliación son correctos. Luego hay que entregarlo a la oficina de empleo.
  • Comunicación de datos al pagador .Es un impreso del Ministerio de Hacienda que hay que rellenar con datos personales como el número de hijos para que se nos aplique la retención correspondiente del IRPF de acuerdo con nuestra situación particular.
  • Compromiso de actividad. Es un documento por el que se compromete a buscar trabajo, presentarse a cubrir las ofertas de trabajo que le facilite la oficina de empleo, aceptar ofertas adecuadas y participar en acciones de información y orientación.
  • Certificado de empresa de los últimos 180 días cotizados que expedirá la empresa o empresas donde se haya trabajado en los ultimos seis meses
  • Original del DNI o NIE (Número de Identificación de Extranjeros) y una fotocopia.
  • Autorización para que la oficina de empleo pueda consultar datos a través de la agencia tributaria.
  • TC-2 de los últimos 180 días cotizados sellados por la entidad financiera que lo expedirá la empresa excepto si la empresa esta acogida al sistema RED en cuyo caso lo podrá hacer la oficina de empleo directamente.
  • Ultima nomina
  • Documento que acredite la situación de desempleado (carta de despido, el contrato y la comunicación de cese, el acta del CMAC o la sentencia judicial)